Ante la situación a la que ha llegado el caso de Julián Álvarez y el conflicto entre el Atlético de Madrid y el Barcelona, parece que solo queda una salida para el jugador argentino.
Álvarez sigue sin entrenar por tercer día consecutivo, en un momento en el que su futuro con el Atlético de Madrid continúa en el aire.
El diario "[**Mundo Deportivo**](https://www.mundodeportivo.com/futbol/fc-barcelona/20260828/1004220589/unica-salida-le-queda-julian-alvarez-irse-barcelona.html)" señaló que a Álvarez no le queda más opción que rescindir su contrato de forma unilateral, algo que puede hacer conforme al Real Decreto número 1006 vigente en España, que regula la relación laboral de los deportistas profesionales.
La FIFA no puede intervenir en este caso, porque carece de competencia, dado que el asunto atañe a dos clubes del mismo país.
En concreto, la cuestión se basa en el artículo 16, que establece lo siguiente: "La extinción del contrato por voluntad del deportista profesional, sin causa imputable al club, dará a este derecho, en su caso, a una indemnización que, en ausencia de pacto al respecto, fijará la jurisdicción laboral en función de las circunstancias de orden deportivo, perjuicio que se haya causado a la entidad, motivos de ruptura y demás elementos que el jugador estime valorables".
En caso de que Álvarez dé este paso, serán los tribunales los que decidan el importe de la indemnización que el jugador tendrá que pagar al Atlético de Madrid como consecuencia de la rescisión del contrato.
Pero esa cantidad, por el contrario, tendrá que abonarla el Barcelona como responsable subsidiario, en función de los años restantes del contrato del jugador y teniendo en cuenta la cláusula de rescisión existente en su contrato, que asciende a 490 millones de euros.
Así lo establece el apartado segundo del mismo artículo 16: "En el caso de que el deportista, en el plazo de un año desde la fecha de extinción, contrate sus servicios con otro club o entidad deportiva, estos serán responsables subsidiarios del pago de las obligaciones pecuniarias señaladas".
Pero la cantidad que se fije no será en ningún caso de 490 millones de euros, que es el valor de la cláusula de rescisión firmada en el contrato del jugador con el Atlético de Madrid.
A ello se suma que la justicia ordinaria considera este tipo de cláusulas de rescisión abusivas cuando son impuestas por los clubes a los jugadores.
También hay que tener en cuenta que el jugador está vinculado con un contrato con el Atlético de Madrid hasta 2030, además de percibir un salario de cerca de 12,5 millones de euros anuales antes de impuestos, es decir, unos 6,2 millones de euros netos.
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